Fondo Covid se va a mixta y UDI irá al TC por artículo sobre rendición de gastos
La iniciativa pasó a un nuevo trámite por apenas dos artículos.
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La Cámara de Diputados ratificó y aprobó gran parte de los cambios realizados por el Senado al proyecto de ley que crea hasta el 30 de junio de 2022 el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19, por un máximo de US$12.000 millones.
Sin embargo, el diputado Patricio Melero (UDI) hizo reserva de constitucionalidad de la norma transitoria aprobada por la oposición que exige un detallado informe de los recursos en el marco del Presupuesto del año 2021.
Melero justificó su decisión de acudir al Tribunal Constitucional señalando que "el artículo transitorio crea un deber de información imposible de cumplir y trata sobre materias de administración financiera, así es que vulnera el artículo 65 inciso número 3 de la Constitución".
Lo anterior explicó por ser una norma "contenida en la administración del Estado, como el deber de presentar como programas presupuestarios los presupuestos asociados a hospitales o el deber de incluir una nómina de los proyectos de inversión de cada servicio de salud. También vulnera el artículo 69 de la Constitución por tratarse de contenidos que no tiene relación con las ideas matrices del proyecto".
Cabe señalar que la norma impugnada fue elaborada por los senadores Jorge Pizarro (DC), Ricardo Lagos Weber (PPD) y Carlos Montes (PS) en la comisión de Hacienda y luego fue respaldada en la sala del Senado a pesar de los reparos del ministro de Hacienda, Ignacio Briones, y del director de Presupuestos, Matías Acevedo.
El artículo transitorio establece que:
"En el marco de avanzar progresivamente en mejorar los estándares de transparencia fiscal, especialmente en el ámbito de salud e inversión pública, incluidas concesiones, en la formulación del presupuesto del sector público para el año 2021, el Ejecutivo: presentará el presupuesto de manera tal que puedan identificarse claramente aquellas iniciativas, incluyendo proyectos de inversión, que se financiarán con cargo al Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19, especificando una estimación de los montos comprometidos y períodos de ejecución para cada una de ellas. Si el financiamiento fuera mixto (con cargo al presupuesto regular y al precitado Fondo), deberá indicarse de manera separada el monto correspondiente a cada una de las referidas fuentes de financiamiento".
Además, se señala que "presentará como programas presupuestarios los presupuestos asociados a los 65 hospitales que actualmente cuentan con Grupos Relacionados de Diagnóstico. Y que la información relativa a toda clase de inversión pública, incluidas concesiones, contemplará los valores adjudicados, plazos de ejecución y todas las modificaciones que experimenten cualquiera de dichas variables".
Las normas que pasaron a comisión mixta son la que prohíbe el aporte de recursos del fondo a empresa sancionadas por faltas a la libre competencia, y la que establece que no podrán contabilizarse con cargo al fondo los menores ingresos efectivos que provengan de medidas tributarias de reversión automática.